Entender el sistema pensional colombiano es clave para asegurar una vejez tranquila y protegida.
Introducción al sistema pensional colombiano:
El sistema pensional en Colombia es parte del Sistema de Seguridad Social. Su objetivo es garantizar ingresos económicos a las personas cuando ya no pueden trabajar por razones de edad, discapacidad o fallecimiento. Existen dos regímenes principales: el Régimen de Prima Media (Colpensiones) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (fondos privados). Ambos funcionan bajo la Ley 100 de 1993, que unificó el sistema de pensiones, salud y riesgos laborales.
Régimen de Prima Media (Colpensiones):
Este régimen es administrado por Colpensiones. Los aportes de todos los trabajadores se reúnen en un fondo común. No se ahorra individualmente, sino que las pensiones se pagan con las cotizaciones actuales. Para pensionarse se necesitan al menos 1.300 semanas cotizadas y tener 57 años (mujeres) o 62 años (hombres). Las pensiones pueden ser por vejez, invalidez o sobrevivencia. Si no se cumplen los requisitos, se puede recibir una indemnización sustitutiva.
Régimen de Ahorro Individual (Fondos privados):
Este régimen es manejado por fondos privados como Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia. Cada persona tiene una cuenta individual donde se acumulan sus aportes más los rendimientos financieros. Se puede pensionar cuando acumule el capital suficiente, sin importar las semanas. Hay dos modalidades de pensión: retiro programado (manejado por el fondo) y renta vitalicia (a través de una aseguradora). Si no se alcanza el capital, se devuelve el saldo ahorrado.
Diferencias entre regímenes pensionales:
Colpensiones garantiza una pensión vitalicia si se cumplen semanas y edad, mientras que en los fondos privados el monto depende del capital acumulado. El régimen público protege más a quienes ganan menos y cotizan muchos años; el privado puede beneficiar a quienes tienen altos ingresos y cotizan por pocos años. Cambiar de régimen solo se puede hasta 10 años antes de cumplir la edad de pensión (47 mujeres / 52 hombres).
Traslado entre regímenes:
La ley permite trasladarse entre regímenes, pero solo si faltan más de 10 años para la edad de pensión. Para hacerlo, se debe realizar la ‘doble asesoría’: una en Colpensiones y otra en el fondo privado. Esto busca garantizar que la persona tome una decisión informada. Es importante comparar cuál régimen ofrece mejor pensión según edad, ingresos y semanas cotizadas.
Pensiones especiales y BEPS:
Existen programas complementarios como BEPS (Beneficios Económicos Periódicos), diseñados para personas que no tienen ingresos suficientes para cotizar regularmente. También existe la pensión familiar, que permite a dos personas (pareja) unir semanas o ahorros. El régimen de transición aplica a personas que estaban cerca de pensionarse antes de la Ley 100 de 1993.
Planificación pensional:
Planear la pensión desde temprano permite tomar mejores decisiones. Es clave consultar cuántas semanas se tienen cotizadas, cuánto se ha ahorrado y usar simuladores en línea. Si una persona no logra pensionarse, puede optar por recibir BEPS, devolución de saldos o indemnización sustitutiva. Cotizar de forma continua y conocer bien los regímenes ayuda a lograr una jubilación tranquila.